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Ley Crea y Crece: qué es, qué cambia y cuándo tienes que empezar a emitir facturas electrónicas
Publicada en septiembre de 2022, la Ley Crea y Crece lleva ya varios años generando preguntas entre autónomos y pymes. Y con razón: toca aspectos clave de cómo funcionan los negocios en España, desde la lucha contra la morosidad hasta la obligación —ya inminente— de emitir facturas electrónicas.
Si alguna vez has oído hablar de esta ley pero no tienes claro qué implica exactamente para tu negocio, este artículo es para ti. Te explicamos lo esencial: sin tecnicismos, con fechas concretas y con lo que de verdad necesitas saber para no pillarte los dedos.
Spoiler: la parte que más te afecta a corto plazo es la de la factura electrónica. Pero hay más. Vamos por partes.
¿Qué es la Ley Crea y Crece y por qué se aprobó?
La Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas —conocida popularmente como Ley Crea y Crece— entró en vigor el 29 de septiembre de 2022. Su objetivo principal es reducir las trabas burocráticas para crear empresas en España y mejorar el entorno en el que operan los pequeños negocios.
Aunque a veces se presenta como una ley técnica y alejada del día a día, en realidad toca cuatro áreas que sí tienen impacto directo en autónomos y pymes:
• Creación de empresas más sencilla y barata.
• Lucha contra la morosidad en pagos entre empresas.
• Mejora del acceso a financiación para proyectos empresariales.
• Implantación de la factura electrónica obligatoria entre empresas.
Las medidas más importantes para autónomos y pymes
Crear una Sociedad Limitada desde 1 euro
Antes de esta ley, para constituir una Sociedad Limitada (SL) era necesario un capital mínimo de 3.000 euros. Con la Ley Crea y Crece, ese mínimo desaparece: ahora puedes constituir una SL con tan solo 1 euro de capital social.
Eso sí, hay una condición: hasta que el capital social alcance los 3.000 euros, la sociedad deberá destinar al menos el 20% de sus beneficios anuales a una reserva legal. En la práctica, esto significa que puedes arrancar sin ese desembolso inicial, pero tendrás que ir «acumulando» capital con los primeros beneficios.
Medidas contra la morosidad: cobrar en plazo deja de ser opcional
Uno de los problemas históricos en España es que muchas empresas —especialmente las grandes— pagaban a sus proveedores con retrasos de meses. La Ley Crea y Crece refuerza la normativa para que esto cambie:
• El plazo general de pago entre empresas es de 30 días. Ese plazo puede ampliarse hasta un máximo de 60 días, pero solo si ambas partes lo acuerdan expresamente y por escrito. Lo que no está permitido bajo ningún concepto es superar los 60 días, aunque las dos partes estén de acuerdo.
• Las empresas que superen cierto tamaño deberán publicar en su memoria anual datos sobre sus períodos medios de pago a proveedores.
• Se prohíbe el acceso a ayudas y subvenciones públicas a las empresas que no cumplan con los plazos de pago.
Ejemplo práctico: Si eres proveedor de una gran empresa y te pagan a 90 días cuando el contrato dice 30, ahora tienes más herramientas legales para reclamar. Y esa empresa podría quedarse sin poder acceder a subvenciones públicas si sus incumplimientos son reiterados.
Más facilidades para acceder a financiación
La ley también introduce mejoras en el acceso al capital riesgo y a otras fórmulas de financiación alternativas para startups y pymes en fase de crecimiento. Aunque este punto afecta más a empresas en expansión que al autónomo medio, conviene saber que el marco regulatorio se ha flexibilizado para atraer inversión privada a proyectos empresariales españoles.
La factura electrónica obligatoria: la parte que más te afecta
Aquí está el cambio que más repercusión va a tener para el día a día de autónomos y pymes. La Ley Crea y Crece establece la obligación de emitir facturas electrónicas en las relaciones comerciales entre empresas y profesionales (lo que se conoce como operaciones B2B, es decir, entre negocios).
¿Qué es exactamente una factura electrónica?
Importante aclarar este punto porque hay mucha confusión: una factura electrónica no es un PDF que envías por correo electrónico. Eso es simplemente una factura en formato digital, pero no cumple con la normativa.
Una factura electrónica en el sentido legal es un documento estructurado en un formato específico (principalmente el estándar Facturae o UBL)), que puede ser leído e interpretado automáticamente por sistemas informáticos, que incluye una firma digital que garantiza su autenticidad, y que se transmite por canales electrónicos controlados.
¿Cuándo será obligatoria? Las fechas que tienes que conocer
Este es el punto que más confusión ha generado, y con razón: han pasado varios años desde que se aprobó la ley hasta que se han concretado las fechas. Aquí te lo explicamos paso a paso:
- 29 sept. 2022: Entra en vigor la Ley Crea y Crece, pero la factura electrónica queda pendiente del reglamento.
- 24 mar. 2026: El Consejo de Ministros aprueba el Real Decreto que regula la factura electrónica.
- 31 mar. 2026: El Real Decreto se publica en el BOE. Entra en vigor formalmente a los 20 días (aprox. 20 de abril de 2026). Ojo: «entrar en vigor» aquí significa que el decreto es ley, no que la obligación de facturar electrónicamente ya esté activa.
- Pendiente - Orden Ministerial: La obligación de emitir facturas electrónicas NO empieza a contar desde que entra en vigor el decreto. El reloj real arranca solo cuando se publique la orden ministerial que completa la regulación técnica. Hasta entonces, no hay obligación efectiva.
- Orden ministerial + 12 meses: Obligatorio para empresas con facturación superior a 8 millones de euros anuales.
- Orden ministerial + 24 meses: Obligatorio para el RESTO de autónomos y pymes (la mayoría de los lectores de este blog).
📌 Nota importante: El Real Decreto establece que la aplicación efectiva de la obligación queda diferida hasta que se publique la orden ministerial que complete la regulación técnica. Es decir, aunque el decreto ya está en el BOE, el reloj de los 12 y 24 meses no empieza a contar hasta que salga esa orden ministerial. A la fecha de publicación de este artículo, dicha orden aún no ha sido publicada.
¿A quién afecta esta obligación?
La obligación de factura electrónica aplica a las relaciones comerciales entre empresas y profesionales (B2B). En concreto:
• Cuando una empresa o autónomo emite una factura a otra empresa o autónomo.
• Afecta a todos los sectores, sin excepción.
• No afecta —de momento— a las facturas emitidas a particulares (B2C), aunque para eso existe otro sistema separado llamado TicketBAI en el País Vasco y Navarra, y el futuro Verifactu a nivel estatal.
Ejemplo práctico: Eres diseñadora freelance y facturas a otras empresas tus servicios. Cuando entre en vigor la obligación, deberás emitir esas facturas en formato electrónico estructurado (no un simple PDF). Pero si tienes algún cliente particular que te contrata para un proyecto personal, esa factura no entra aún en el ámbito de esta ley.
¿Cómo prepararse para la factura electrónica?
Aunque todavía no es obligatorio, el tiempo pasa rápido. Estas son las acciones que puedes ir tomando desde ya:
• Revisa si tu software de facturación está homologado. Un software homologado es aquel que ha sido certificado para emitir facturas en los formatos electrónicos exigidos por la normativa. Pregunta a tu proveedor si ya cuenta con esa homologación o cuándo prevé tenerla. La mayoría de las plataformas del mercado ya están trabajando en ello.
• Habla con tu asesor fiscal. Es el momento de revisar cómo gestionas tu facturación y si tu sistema actual necesita actualizarse.
• No esperes al último momento. Los cambios de software siempre llevan un tiempo de adaptación: aprender a usarlo, migrar datos, asegurarse de que todo funciona. Empezar con antelación te evitará prisas.
• Mantente informado. La orden ministerial que activará el contador de plazos aún no ha salido. Cuando lo haga, se publicará en el BOE y muchos medios especializados lo recogerán. Suscríbete a nuestro blog para estar al día.
En resumen: lo que tienes que recordar
La Ley Crea y Crece es una ley amplia que toca varios aspectos del tejido empresarial español. Para la mayoría de autónomos y pymes, los puntos más relevantes son:
• Puedes constituir una SL con solo 1 euro de capital inicial (aunque con condiciones).
• La normativa contra la morosidad se refuerza: cobrar en plazo tiene más respaldo legal.
• La factura electrónica entre empresas será obligatoria, pero los plazos dependen aún de la publicación de una orden ministerial pendiente.
• Las grandes empresas (más de 8 millones de facturación) tendrán 12 meses desde esa orden. El resto, 24 meses.
• Lo más inteligente ahora mismo es prepararse con calma, sin esperar al último momento.
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